CNMC: Nuevo sistema de acceso flexible a la red eléctrica

El nuevo marco de permisos de acceso flexible para la demanda entra en vigor este 1 de septiembre de 2026 en España. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) activa un sistema que permite conectar instalaciones a las redes de transporte y distribución eléctrica incluso cuando no haya capacidad firme disponible, siempre que puedan adaptar o reducir su consumo para mantener la seguridad del sistema. Esta medida, que desarrolla la Circular 1/2024 de 27 de septiembre, representa un cambio estructural en cómo se gestiona el acceso a la red para consumidores industriales y grandes usuarios.
El marco responde a una necesidad creciente: integrar más fuentes renovables variables sin que la saturación de la red frene nuevos proyectos. Hasta ahora, la falta de capacidad firme era un cuello de botella que dejaba fuera a instalaciones viables técnicamente. La flexibilidad como requisito de acceso abre una vía alternativa que el sector llevaba años reclamando.
Cuatro modalidades de acceso flexible según tipo de red y potencia
La regulación establece cuatro categorías de permisos de acceso flexible, cada una con reglas técnicas distintas según la ubicación de la instalación y su capacidad de respuesta.
Tipo 0 aplica a redes de distribución y se basa en patrones horarios de consumo específicos. La potencia solo puede usarse durante los intervalos establecidos en el permiso. Este modelo resulta útil para procesos industriales que pueden concentrarse en ciertas franjas horarias.
Tipo 1, también para redes de distribución peninsulares, cubre instalaciones que normalmente calificarían para acceso firme pero enfrentan restricciones durante cortes programados de elementos de red. La seguridad se gestiona mediante desconexión remota de la posición de la instalación en la subestación.
Tipo 2 se dirige a instalaciones en redes de distribución peninsular con potencia flexible superior a 1 MW. Aquí entra la gestión activa de la demanda: el gestor de la red de distribución puede ordenar limitaciones totales o parciales de potencia, ya sea de forma programada o en tiempo real.
Tipo 3 opera en la red de transporte peninsular para instalaciones de consumo con capacidad flexible mayor a 1 MW. Los propietarios deben poder reducir el consumo cuando el operador del sistema lo requiera por motivos de seguridad.
El Procedimiento de Operación de Distribución POD1 define los parámetros técnicos
La resolución incorpora el Procedimiento de Operación de Distribución (POD1) como pilar técnico del sistema. Este documento establece los criterios para operar la flexibilidad de forma segura, incluyendo parámetros de control eléctrico, observabilidad de las instalaciones, transmisión de medidas en tiempo real y protocolos de coordinación entre gestores de red, operador del sistema y consumidores.
La exigencia de observabilidad y medición en tiempo real marca una diferencia respecto a regulaciones anteriores. Las instalaciones deberán equiparse para comunicar su estado operativo de forma continua, permitiendo intervenciones coordinadas en escalas de tiempo que van desde la programación semanal hasta la respuesta en segundos.
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La coordinación entre tres actores distintos, gestores de distribución, operador del sistema y usuarios finales, exige infraestructura de comunicación estandarizada. El POD1 define estos canales para evitar conflictos de jurisdicción durante incidentes.
Baterías y bombeo: las instalaciones de almacenamiento tienen trato específico
Las instalaciones de almacenamiento, incluyendo baterías y estaciones de bombeo, reciben un capítulo propio en la normativa. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, obliga a estas instalaciones a tramitar sus solicitudes de acceso a la demanda como peticiones de acceso flexible, no firme.
Esta clasificación obligatoria reconoce una realidad técnica: las baterías y centrales de bombeo ya operan con ciclos de carga y descarga que son inherentemente flexibles. Sujetarlas a reglas de acceso firme habría sido una contradicción regulatoria. La resolución incluye además un régimen transitorio para adaptar permisos de acceso otorgados previamente a instalaciones de almacenamiento.
El tratamiento específico del almacenamiento refleja su rol creciente en la transición energética española. Estas tecnologías permiten absorber excedentes de generación renovable en momentos de baja demanda y devolver energía cuando el sistema la necesita, funcionando como reguladores de frecuencia y estabilizadores de red.
La CNMC supervisará mediante informes anuales de los gestores de red
El mecanismo de control recae en la propia CNMC, que recibirá informes anuales de los gestores de redes de transporte y distribución sobre la implementación del sistema. Esta supervisión periódica busca detectar cuellos de botella operativos y evaluar si la flexibilidad contratada responde eficazmente a las necesidades reales del sistema.
La publicación de estos informes, prevista de forma recurrente, generará datos públicos sobre cuánta potencia flexible opera en cada categoría, qué gestores de red tienen mayor densidad de este tipo de accesos y qué incidentes han requerido activación de limitaciones. Para el sector, esta transparencia representa una herramienta de planificación.
La entrada en vigor de este marco coincide con un momento de presión creciente sobre la red española. La incorporación masiva de renovables, especialmente fotovoltaica, ha reducido los precios de mercado en horas de sol pero ha aumentado la necesidad de flexibilidad para cubrir la tarde-noche. Los permisos de acceso flexible ofrecen una vía para que la demanda industrial participe activamente en este equilibrio.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre acceso firme y acceso flexible?
El acceso firme garantiza potencia disponible en todo momento. El acceso flexible permite conexión cuando no hay capacidad firme, a cambio de que la instalación reduzca o adapte su consumo cuando el operador de red lo solicite por seguridad del sistema.
¿Qué instalaciones están obligadas al acceso flexible?
Todas las instalaciones de almacenamiento, incluyendo baterías y estaciones de bombeo, deben tramitar acceso flexible según el Real Decreto-ley 7/2026. Para otros consumidores, es voluntario si cumplen los requisitos técnicos de cada tipo de permiso.
¿Cuándo debe poder reducir su consumo una instalación Tipo 3?
Cuando el operador del sistema lo requiera por motivos de seguridad. El POD1 define los protocolos de comunicación y los tiempos de respuesta esperados para estas reducciones.
¿Qué pasa con los permisos de almacenamiento ya concedidos antes de 2026?
La resolución establece un régimen transitorio para adaptar esos permisos al nuevo marco de acceso flexible. Los detalles concretos del procedimiento de adaptación dependen de las condiciones de cada permiso original.
Información publicada originalmente por pv magazine España.